Terma, establecimiento termal. Ver balneum.
Término Mayoritariamente utilizado en plural, donde si bien etimológicamente haría referencia a un “lugar caliente”, pasa designar inicialmente a los grandes edificios de baño de gran tamaño y lujo, con gran número de dependencias. En su mayoría serían de propiedad pública y de grandes dimensiones.
Término normalmente suplantado por el término balneum-a (ver descripción), apareciendo en ocasiones utilizado indistintamente para designar los edificios de baños (Plin. 34, 36; Mart. 7, 34, 5).
Tampoco existe unanimidad en el término más adecuado para designar a los edificios de baños con aguas mineromedicinales, apareciendo tanto el término balneum-a o thermae, sin marcar diferencias. Lo mismo sucederá en el caso de la evolución del término latino en las lenguas modernas, donde mientras que en España se pasó a utilizar “balneario” (derivado del término lugar de baño), por ejemplo en Portugal se designan como “termas”.
Balneario (RAE):
1. adj. Perteneciente o relativo a los baños públicos, especialmente a los medicinales.
2. m. Edificio con baños medicinales y en el cual suele darse hospedaje.